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Akira Toriyama

 

Dibujante y guionista, Akira Toriyama nació el 5 de abril del año 1955 en Kiyosu, ciudad japonesa ubicada en la prefectura de Aichi. Desde niño fue un ávido consumidor de cómics y dibujos animados, manifestando en entrevistas que tanto le han influenciado los trabajos manga de su compatriota Osamu Tezuka como las películas de animación producidas por Walt Disney. Sus imaginativas historias no carecen de humor absurdo y paródico, mezclando la comedia con la acción y la ciencia-ficción.

 

Toriyama estudió Diseño Gráfico antes de dar inicio a su trabajo a finales de los años 70 como autor de mangas en la revista Shonen Jump. Algunas de sus primeras creaciones fueron “Wonder Island” (1978) y “Tomato Girl Detective” (1979). Poco después alcanzó el éxito con “Dr. Slump” (1980-1984), un manga con el protagonismo del robot humanoide infantil Arale y el profesor Sembei Norimaki (entre otros muchos peculiares personajes) que conoció también una adaptación televisiva. Aunque la trascendencia internacional del “Dr. Slump” no debe ser menospreciada, el mayor triunfo como autor de Akira Toriyama es “Dragon Ball” (1984-1995), la historia de Son Goku y su búsqueda legendaria de las bolas del dragón que también encontró enorme resonancia en su versión animé.

Fuente: www.alohacriticon.com/literatura/escritores/akira-toriyama/

Autoridad Fiscal

Aspectos tributarios relevantes entre Argentina y Japón

  • ¿Se considera jurisdicción cooperante?

    • Si

  • ¿Se considera jurisdicción de baja o nula tributación?

    • No

  • ¿Posee Convenio de Doble Imposición Vigente con Argentina?

    • No vigente

  • ¿Posee acuerdo sobre autoridad competente calificativa vigente para el intercambio del informe país?

    • Si

 

Normativa y Documentación de Precios de Transferencia

Japón es un país miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) desde el año 1964. La Directiva del Comisionado sobre la Operación de Precios de Transferencia (Commissioner’s Directive on the Operation of Transfer Pricing o “CDOTP”) prescribe que se hará referencia a las Directrices de Precios de Transferencia de la OCDE en procesos de auditoria o acuerdos anticipados de precios.​

  • Régimen de Información local

    • Vencimiento: Junto con la Declaración de Impuesto a la Renta. Se debe presentarse dentro de los tres meses posteriores al cierre del año, incluida una prórroga si el contribuyente presenta una declaración del impuesto sobre la renta independiente. Si el contribuyente presenta declaración consolidada del Impuesto a la Renta, ésta deberá presentarse dentro de los cuatro meses siguientes al cierre del ejercicio, incluida una prórroga.

    • Umbral:  Las empresas con transacciones con una sola entidad extranjera de menos de 5000 millones de JPY (todas las transacciones incluyen transacciones intangibles) y transacciones intangibles de menos de 300 millones de JPY (nuevamente con una sola contraparte extranjera) en el año fiscal más reciente están exentas. Deberán realizar la presentación en caso de fiscalización.

    • Idioma en el que debe presentarse la documentación: Japonés.

    • Formulario: Se deberá adjuntar el Formulario 17-4 a la declaración anual de impuestos cuando el contribuyente tenga transacciones con partes relacionadas del exterior durante el año fiscal.

  • Informe Maestro

    • Aplica: Sí.

    • Idioma: Inglés o Japonés.

    • Efectivo desde: Informes de ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2016.

    • Vencimiento: A más tardar 12 meses después del último día del año fiscal de informe del grupo MNE.

    • Umbral: Las empresas con ingresos totales consolidados de menos de 100.000 millones de JPY en el ejercicio fiscal más reciente están exentas del requisito de la presentación.

  • Régimen de Información País por País

    • Aplica: Sí.

    • Efectivo desde: Informes de ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2016.

    • Vencimiento: A más tardar 12 meses después del último día del año fiscal de informe del grupo MNE.

    • Umbral: Ingresos anuales consolidados del grupo multinacional en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior de 750 millones euros o más.

 

Mayores Detalles sobre legislación de precios de transferencia y temas relacionados

 

Casos Relevantes sobre Precios de Transferencia

  • Japan vs Universal Music Corp, April 2022, Supreme Court, Case No 令和2(行ヒ)303, 21/04/2022

  • Japan vs. “Metal Plating Corp”, February 2020, Tokyo District Court, Case No 535 of Heisei 27 (2008), 28/02/2020

  • Japan vs. Universal Music Corp, June 2019, Tokyo District Court, Case No 平成27(行ウ)468, 27/06/2019

  • Japan vs Denso Singapore, November 2017, Supreme Court of Japan, 27/11/2017

  • Japan vs C Uyemura & Co, Ltd, November 2017, Tokyo District Court, Case No. 267-141 (Order No. 13090), 24/11/2017

  • Japan vs. Publisher Corp, April 2017, Tokyo District Court, Case No 第267号-56(順号13005), 11/04/2017

  • Japan vs “TH Corp”, January 2017, District Court, Case No. 56 of 2014 (Gyoseu), 27/01/2017

  • Japan vs Cayman Islands Corp, 2008, Tokyo District Court 2011 ( Gyou ) nr 370, 20/09/2015

  • Japan vs Honda Motor Company Limited, May 2015, Tokyo High Court judgment, Case No 13 May 2015 Heisei 26 gyou-ko No 347, 13/05/2015

  • Japan vs. IBM, March 2015, Tokyo High Court, Case no 第265号-56(順号12639), 25/03/2015

  • Japan vs “Banana Corp”, April 2013, Tokyo High Court, Case no 229, 28/03/2013

  • Japan vs Manufacturing Co. March 2013, Tokyo High Court, No 19, 14/03/2013

  • Japan vs “Banana Corp”, April 2009, Tokyo District Court, 27/04/2009

  • Japan vs Adobe Systems Co., October 2008, Tokyo High Court, 30/10/2008

  • Japan vs Imabari Shipbuilding Co. Ltd., October 2006, Takamatsu High Court, Case No. 17, 13/10/2006

  • Japan vs “Guarantee Co. Ltd.”, May 2002, National Tax Tribunal, Cases No. 63, p. 454, 25/05/2002

Fuente: Supreme Court of Japan, Tokyo District Court, Tokyo High Court & National Tax Tribunal

 

Impuesto a la Renta Corporativa

  • Compañias Residentes

    • Sistema de Impuesto a la Renta: Renta Mundial

    • Alícuotas

      • 23,2% (la tasa impositiva efectiva es más alta después de tener en cuenta los impuestos locales).

      • 19% (para ejercicios fiscales a partir del 1 de abril de 2019; anteriormente 15%) sobre los primeros 8 millones de JPY para pequeñas y medianas empresas.

 

Convenios de Doble Imposición Vigentes

Japón posee 79 Convenios de Doble Imposición Bilaterales vigentes a la fecha:

  • Alemania

  • Arabia Saudita

  • Armenia

  • Australia

  • Austria

  • Azerbaiyán

  • Bangladesh

  • Bélgica

  • Bermuda

  • Bielorrusia

  • Brasil

  • Brunéi

  • Canadá

  • Chile

  • China

  • Colombia

  • Corea del Sur

  • Croacia

  • Dinamarca

  • Ecuador

  • Egipto

  • Emiratos Árabes Unidos

  • Eslovaquia

  • Eslovenia

  • España

  • Estados Unidos

  • Estonia

  • Fiyi

  • Filipinas

  • Finlandia

  • Francia

  • Georgia

  • Hong Kong

  • Hungría

  • India

  • Indonesia

  • Irlanda

  • Islandia

  • Jamaica

  • Jersey

  • Kazakstán

  • Kuwait

  • Kirguistán

  • Letonia

  • Lituania

  • Luxemburgo

  • Malasia

  • Marruecos

  • México

  • Moldova

  • Noruega

  • Nueva Zelanda

  • Omán

  • Países Bajos

  • Pakistán

  • Perú

  • Polonia

  • Portugal

  • Qatar

  • Reino Unido

  • República Checa

  • Rumania

  • Rusia

  • Serbia

  • Singapur

  • Sri Lanka

  • Sudáfrica

  • Suecia

  • Suiza

  • Tailandia

  • Taiwán

  • Tayikistán

  • Turkmenistán

  • Turquía

  • Ucrania

  • Uruguay

  • Uzbekistán

  • Vietnam

  • Zambia

Jurisdicciones signatarias participantes de un Acuerdo sobre Autoridad Competente Calificativa vigente para el intercambio del Informe País por País del que Japón forma parte:

  • Alemania: Acuerdo multilateral activado

  • Andorra: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2017 en adelante

  • Arabia Saudita: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2017 en adelante

  • Argentina: Acuerdo multilateral activado

  • Australia: Acuerdo multilateral activado

  • Austria: Acuerdo multilateral activado

  • Azerbaiyán: Acuerdo multilateral activado

  • Barbados: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2017 en adelante

  • Bélgica: Acuerdo multilateral activado

  • Brasil: Acuerdo multilateral activado

  • Canadá: Acuerdo multilateral activado

  • Chile: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2017 en adelante

  • China: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2017 en adelante

  • Chipre: Acuerdo multilateral activado

  • Colombia: Acuerdo multilateral activado

  • Corea del Sur: Acuerdo multilateral activado

  • Croacia: Acuerdo multilateral activado

  • Dinamarca: Acuerdo multilateral activado

  • Eslovaquia: Acuerdo multilateral activado

  • Eslovenia: Acuerdo multilateral activado

  • España: Acuerdo multilateral activado

  • Estados Unidos: DTC CAA – firmado el 12/10/2018

  • Estonia: Acuerdo multilateral activado

  • Finlandia: Acuerdo multilateral activado

  • Francia: Acuerdo multilateral activado

  • Gibraltar: Acuerdo multilateral activado

  • Grecia: Acuerdo multilateral activado

  • Guernsey: Acuerdo multilateral activado

  • Hong Kong: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2019 en adelante - Acuerdo bilateral efectivo para períodos previos

  • Hungría: Acuerdo multilateral activado

  • India: Acuerdo multilateral activado

  • Indonesia: Acuerdo multilateral activado

  • Irlanda: Acuerdo multilateral activado

  • Isla de Man: Acuerdo multilateral activado

  • Islandia: Acuerdo multilateral activado

  • Israel: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2017 en adelante

  • Italia: Acuerdo multilateral activado

  • Jersey: Acuerdo multilateral activado

  • Kazakstán: Acuerdo multilateral activado

  • Letonia: Acuerdo multilateral activado

  • Liechtenstein: Acuerdo multilateral activado

  • Lituania: Acuerdo multilateral activado

  • Luxemburgo: Acuerdo multilateral activado

  • Malasia: Acuerdo multilateral activado

  • Maldivas: Acuerdo multilateral activado

  • Malta: Acuerdo multilateral activado

  • Mauricio: Acuerdo multilateral activado

  • México: Acuerdo multilateral activado

  • Mónaco: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2018 en adelante

  • Nigeria: Acuerdo multilateral activado

  • Noruega: Acuerdo multilateral activado

  • Nueva Zelanda: Acuerdo multilateral activado

  • Países Bajos: Acuerdo multilateral activado

  • Pakistán: Acuerdo multilateral activado

  • Panamá: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2018 en adelante

  • Perú: Acuerdo multilateral activado

  • Polonia: Acuerdo multilateral activado

  • Portugal: Acuerdo multilateral activado

  • Reino Unido: Acuerdo multilateral activado

  • República Checa: Acuerdo multilateral activado

  • Rusia: Acuerdo multilateral activado

  • San Marino: Acuerdo multilateral activado

  • Seychelles: Acuerdo multilateral activado

  • Singapur: Acuerdo multilateral activado

  • Sudáfrica: Acuerdo multilateral activado

  • Suecia: Acuerdo multilateral activado

  • Suiza: Acuerdo multilateral activado

  • Turquía: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2019 en adelante

  • Uruguay: Acuerdo multilateral activado

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