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José Saramago

José Saramago nació en la aldea portuguesa Azinhaga el 16 de noviembre de 1922. Era hijo de campesinos pobres. Pasó su infancia en el pueblo de Azinhaga, la familia se trasladó un tiempo a Argentina, y después se afincaron en Lisboa. Publicó su primera novela, "Tierra de pecado", en 1947. Aunque con esta obra recibió muy buenas críticas Saramago decidió permanecer sin publicar más de veinte años. Periodista y miembro del Partido Comunista Portugués sufrió censura y persecución durante los años de la dictadura de Salazar. Se sumó a la llamada Revolución de los Claveles que llevó la democracia a Portugal, en el año 1974.
Escéptico e intelectual mantuvo una postura ética y estética por encima de partidismos políticos, y comprometido con el género humano. Una controvertida visión de la historia y de la cultura son el punto crucial de sus obras.
Obtuvo el Premio Nobel de Literatura en 1998, siendo el primer escritor portugués en conseguirlo. Ha sido distinguido por su labor con numerosos galardones y doctorados honoris causa (por las Universidades de Turín, Sevilla, Manchester, Castilla-La Mancha y Brasilia). Ha recibido el Premio Camoes, equivalente al Premio Cervantes en los países de lengua portuguesa.
Su obra está considerada por los críticos de todo el mundo como una de las más importantes de la literatura contemporánea. Pasó sus últimos años en su casa de la isla española de Lanzarote (Canarias), al lado de su compañera, Pilar del Río.
"Alzado del suelo" (1980) fue la novela que le reveló como el gran novelista maduro y renovador portugués. Se trata de una novela histórica, situada en el Alentejo entre 1910 y 1979, con un lenguaje campesino, una estructura sólida y documentada y un estilo humorístico y sarcástico que llamó enormemente la atención en su momento. Siguieron obras de gran interés como "Memorial del convento" (1982), "El año de la muerte de Ricardo Reis" (1984), "La balsa de piedra" (1986), "Historia del cerco de Lisboa" (1989), "El evangelio según Jesucristo" (1991) y "Ensayo sobre la ceguera" (1995), obra en la que el autor desde planteamientos éticos advierte sobre "la responsabilidad de tener ojos cuando otros los perdieron". Murió el 18 de junio del 2010.

Fuente: escritores.org

 

Autoridad Fiscal

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Aspectos tributarios relevantes entre Argentina y Portugal

  • ¿Se considera jurisdicción cooperante?

    • Si

  • ¿Se considera jurisdicción de baja o nula tributación?

    • No

  • ¿Posee Convenio de Doble Imposición Vigente con Argentina?

    • No

  • ¿Posee acuerdo sobre autoridad competente calificativa vigente para el intercambio del informe país?

    • Si

 

Normativa y Documentación de Precios de Transferencia

Portugal es un país miembro de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) desde el año 1961. En este sentido, las Directrices de la OCDE en  materia de precios de transferencia se mencionan en la legislación portuguesa como una fuente de orientación en la aplicación del principio de plena competencia. El preámbulo de la Orden Ministerial (Portaria) n.º 268/2021, de 26 de noviembre, refiere que las Directrices de la OCDE deben ser tenidas en cuenta en la aplicación del marco legal de precios de transferencia y del principio de plena competencia, dada la complejidad del tema, y la necesidad de evitar la doble imposición y las disputas.

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  • Régimen de Información local

    • Aplica: Sí. Estarán exentos de presentar esta documentación los contribuyentes que, en el período al que se refiere la obligación, hayan alcanzado una renta anual total inferior a 10 millones de euros. Aunque se supere este límite, dicha exención se aplicará a las operaciones vinculadas cuyo valor en el ejercicio no haya superado los 100.000 euros y, en total, los 500.000 euros, considerando su valor de mercado. Sin embargo, se puede solicitar a cualquier contribuyente que presente documentación sobre las operaciones controladas del contribuyente a pedido de la autoridad fiscal portuguesa. El plazo de presentación de la documentación en este caso deberá ser de 10 días.

    • Idioma: La ley exige el uso del portugués en la documentación de TP. Sin embargo, antes de la presentación a la autoridad fiscal portuguesa, es posible solicitar la presentación en un idioma extranjero.

    • Formulario: Los principales requisitos de información se encuentran contenidos en los anexos A, B, C y H (anexo TP) de la Declaración Anual de Información Tributaria y Contable (IES), que incluyen (anualmente) la siguiente información: Identificación de los entidades; Operaciones realizadas con cada una de las partes relacionadas; Confirmación de que la documentación de TP contemporánea (anual) adecuada se prepara de manera oportuna y se conserva actualmente.

    • Vencimiento: La fecha límite para la presentación es el día 15 del séptimo mes siguiente al cierre del ejercicio fiscal (aplicable únicamente a los contribuyentes dependientes de la Unidad de Grandes Contribuyentes)

  • Informe Maestro

    • Aplica: Sí.

    • Vencimiento: La fecha límite para la presentación es el día 15 del séptimo mes siguiente al cierre del ejercicio fiscal (aplicable únicamente a los contribuyentes dependientes de la Unidad de Grandes Contribuyentes).

  • Régimen de Información País por País

    • Aplica: Sí.

    • Efectivo desde: Informes de ejercicios fiscales que comiencen a partir del 1 de enero de 2016.

    • Vencimiento: A más tardar 12 meses después del último día del año fiscal de informe del grupo MNE.

    • Umbral: Ingresos anuales consolidados del grupo multinacional en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior de 750 millones euros o más.

 

Mayores Detalles sobre legislación de precios de transferencia y temas relacionados

 

Casos Relevantes sobre Precios de Transferencia

  • Sentencia P590_2020-T - Centro de Arbitragem Administrativa (CAAD) - 44629
    Sentencia JSTA000P28772 - Supremo Tribunal Administrativo (STA) - 44573
    Sentencia 194/2021-T - Centro de Arbitragem Administrativa (CAAD) - 44537
    Sentencia 604/2021-T - Centro de Arbitragem Administrativa (CAAD) - 44524
    Sentencia 14/2021-T - Centro de Arbitragem Administrativa (CAAD) - 44523
    Sentencia JSTA00071308 - Supremo Tribunal Administrativo (STA) - 44510
    Sentencia 0507/17 - Supremo Tribunal Administrativo (STA) - 44328
    Sentencia 1331/09 - Tribunal Central Administrativo Sul (TCAS) - 44315
    Sentencia 255/2020-T - Centro de Arbitragem Administrativa (CAAD) - 44235
    Sentencia JSTA000P26984 - Supremo Tribunal Administrativo (STA) - 44209
    Sentencia 808/2019-T - Centro de Arbitragem Administrativa (CAAD) - 44186
    Sentencia 511/2018-T - Centro de Arbitragem Administrativa (CAAD) - 43748
    Sentencia 609/2015-T - Centro de Arbitragem Administrativa (CAAD) - 42492
    Sentencia 55/2012-T - Centro de Arbitragem Administrativa (CAAD) - 41267
    Sentencia 271/05 - Tribunal Constitucional - 38496
    Sentencia 252/2005 - Tribunal Constitucional - 38482
    Sentencia 1573/98 - Tribunal Central Administrativo Sul (TCAS) - 37355

Fuente: Centro de Arbitragem Administrativa (CAAD), Supremo Tribunal Administrativo (STA),

Tribunal Central Administrativo Sul (TCAS) y Tribunal Constitucional

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Impuesto a la Renta Corporativa

  • Sistema Tributario: Renta Mundial

    • Alícuota:

      • General: 

        • 21% (Portugal continental); 

        • 14,7% (Madeira y Azores)

      • Pequeñas y Medianas Empresas (hasta una base imponible de 25000 Euros):

        • 17% (Portugal continental); 

        • 11,9 % (Madeira y Azores)

      • Pueden aplicarse sobretasas nacionales (3%, 5% o 9%) y municipales (hasta 1,5%)

 

Convenios de Doble Imposición Vigentes

Portugal posee 78 Convenios de Doble Imposición Bilaterales vigentes a la fecha:

  • Alemania

  • Andorra

  • Angola

  • Arabia Saudita

  • Argelia

  • Austria

  • Bahréin

  • Barbados

  • Bélgica

  • Brasil

  • Bulgaria

  • Cabo Verde

  • Canadá

  • Chile

  • China

  • Chipre

  • Colombia

  • Corea del Sur

  • Costa de Marfil

  • Croacia

  • Cuba

  • Dinamarca

  • Emiratos Árabes Unidos

  • Eslovaquia

  • Eslovenia

  • España

  • Estados Unidos

  • Estonia

  • Etiopía

  • Francia

  • Georgia

  • Grecia

  • Guinea-Bissau

  • Hong Kong

  • Hungría

  • India

  • Indonesia

  • Irlanda

  • Islandia

  • Israel

  • Italia

  • Japón

  • Kuwait

  • Letonia

  • Lituania

  • Luxemburgo

  • Macao

  • Malta

  • Marruecos

  • México

  • Moldova

  • Montenegro

  • Mozambique

  • Noruega

  • Omán

  • Países Bajos

  • Pakistán

  • Panamá

  • Perú

  • Polonia

  • Qatar

  • Reino Unido

  • República Checa

  • Rumania

  • Rusia

  • San Marino

  • Santo Tomé y Príncipe

  • Senegal

  • Singapur

  • Sudáfrica

  • Suecia

  • Suiza

  • Túnez

  • Turquía

  • Ucrania

  • Uruguay

  • Venezuela

  • Vietnam

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Jurisdicciones signatarias participantes de un Acuerdo sobre Autoridad Competente Calificativa vigente para el intercambio del Informe País por País del que Portugal forma parte:

  • Alemania: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Andorra: Acuerdo multilateral activado- Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2017 en adelante

  • Arabia Saudita: Acuerdo multilateral activado- Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2017 en adelante

  • Argentina: Acuerdo multilateral activado

  • Australia: Acuerdo multilateral activado

  • Austria: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Azerbaiyán: Acuerdo multilateral activado

  • Barbados: Acuerdo multilateral activado- Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2017 en adelante

  • Bélgica: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Bonaire, Saint Eustatius and Saba: Acuerdo multilateral activado

  • Brasil: Acuerdo multilateral activado

  • Bulgaria: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Canada: Acuerdo multilateral activado

  • Chile: Acuerdo multilateral activado- Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2017 en adelante

  • China: Acuerdo multilateral activado- Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2017 en adelante

  • Colombia: Acuerdo multilateral activado

  • Corea del Sur: Acuerdo multilateral activado

  • Croacia: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Chipre: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Dinamarca: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Eslovaquía: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Eslovenia: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • España: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Estados Unidos: DTC CAA – Firmado el 2 de octubre de 2017

  • Estonia: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Finlandia: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Francia: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Gibraltar: Acuerdo multilateral activado

  • Grecia: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Guernsey: Acuerdo multilateral activado

  • Hong Kong: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2019 en adelante - CAA bilateral vigente para períodos impositivos transitorios anteriores

  • Hungría: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Islandia: Acuerdo multilateral activado

  • India: Acuerdo multilateral activado

  • Indonesia: Acuerdo multilateral activado

  • Irlanda: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Isla de Man: Acuerdo multilateral activado

  • Italia: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Japón: Acuerdo multilateral activado

  • Jersey: Acuerdo multilateral activado

  • Kazajstán: Acuerdo multilateral activado

  • Letonia: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Liechtenstein: Acuerdo multilateral activado

  • Lituania: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Luxemburgo: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Malasia: Acuerdo multilateral activado

  • Maldivas: Acuerdo multilateral activado

  • Malta: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Mauricio: Acuerdo multilateral activado

  • México: Acuerdo multilateral activado

  • Mónaco: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2018 en adelante

  • Nigeria: Acuerdo multilateral activado

  • Noruega: Acuerdo multilateral activado

  • Nueva Zelanda: Acuerdo multilateral activado

  • Países Bajos: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Panamá: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2018 en adelante

  • Paquistán: Acuerdo multilateral activado

  • Perú: Acuerdo multilateral activado

  • Polonia: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Reino Unido: Acuerdo multilateral activado

  • República Checa: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Rumania: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Rusia: Acuerdo multilateral activado

  • San Marino: Acuerdo multilateral activado

  • Seychelles: Acuerdo multilateral activado

  • Singapur: Acuerdo multilateral activado

  • Sudáfrica: Acuerdo multilateral activado

  • Suecia: Directiva de la UE 2016/881/UE

  • Suiza: Acuerdo multilateral activado

  • Turquía: Acuerdo multilateral activado - Efectivo para períodos fiscales iniciados el 01/01/2019 en adelante

  • Uruguay: Acuerdo multilateral activado

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